Medida se suma al oficio múltiple N° 009-2017 del MINEDU que ordena que los directores ganadores de concurso deben asumir sus cargos... Ver el oficio múltiple 009-2017 AQUÍ.
El mismo Juzgado Mixto Penal Unipersonal de Rodríguez de Mendoza de la Corte Superior de Justicia, pero con diferente juez, anuló su resolución que ordenaba reponer en su puesto de director y subdirector a quienes no se presentaron a la evaluación excepcional convocado por el Ministerio de Educación para ratificarlos en sus puestos y ha suspendido los alcances de su sentencia que declara consentida la acción de amparo a favor de dichos exdirectivos. EXCLUSIVO, la R.D-007-JUZGADO DE AMAZONAS:
Rd 007 Juzgado Amazonas - Dejan sin efecto medida cautelar de ex directores (Perú) by Leonardo Sanchez Coello on Scribd
Ambas decisiones del juez Luis Alberto Arias Requejo están contenidas en la Resolución número 07 del Expediente 2016-033 fechada el 31 de enero y titulada “Auto de nulidad de oficio”.
Arias Requejo reemplaza en el Juzgado Mixto Personal Unipersonal de Rodríguez de Mendoza a Hugo Higinio Custodio, quien fue separado del cargo el 6 de diciembre por recomendación de OCMA y decisión del presidente de la Corte de Amazonas quien argumentó que Higinio “vendría presuntamente tramitando de manera irregular la Acción de Amparo n.º 006-2016, así como la medida cautelar n.º 033-2016”.
El juez Arias concluye que en la tramitación de la acción de amparo “se ha vulnerado el derecho a un debido proceso”.
Así, declara de oficio nulas las resoluciones 5 y 6 de Higinio y deja sin efecto los oficios que éste emitió ordenando a los Gobiernos Regionales y Direcciones Regionales de Educación la reposición de los exdirectivos.
Pero también concede a los procuradores del Ministerio de Educación y Poder Judicial la apelación de la sentencia (que declara fundada la acción de amparo) con efecto suspensivo.
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